Después de firmar el contrato de alquiler y establecer seguro de propiedad entre las dos partes que obviamente son el inquilino y el propietario, se debe realizar un último trámite formal antes de mudarse. se trata de hacer el estado del local que es un trámite obligatorio que debe completarse al inicio y al final del contrato, y esto en beneficio de todos. Si el informe se establece en presencia del propietario y del inquilino, entonces es un situación contradictoria. Si uno de estos miembros estuviera ausente por cualquier motivo, entonces el trámite podría ser redactado por un el agente judicial o por un agente inmobiliario según el caso. Una vez elaborado y firmado el documento sólo queda abonar el importe que deberá variar en función de la facturación seguida, que puede ser gratuita o siguiendo una tarifa oficial regulada.
¿En qué caso conviene llamar a un alguacil para que haga un inventario?
En el caso normal, el inventario es un trámite que debe realizarse con la presencia del inquilino y del propietario. Sin embargo, si el propietario se niega a presentarse cuando llegue el día, puede delegar esta tarea en su agente inmobiliario quien lo hará por él. Así, el agente inmobiliario debe citar al inquilino y realizar con él el diagnóstico en buenas condiciones. Incluso en este caso hablaremos de un inventario de enseres contradictorio ya que éste se establece entre el propio inquilino y un representante oficial del propietario. Sin embargo, es posible recurrir a un profesional jurado que realizará la tarea de forma más parcial y objetiva y garantizada por la jurisdicción que es el agente judicial. De esta forma, incluso el inquilino podrá ausentarse el día de la celebración del contrato, confiando así plenamente en la parcialidad de este especialista. También es aconsejable o incluso obligatorio recurrir al servicio y profesionalidad del alguacil en caso de conflicto por el contradictorio inventario de bienes inmuebles, quien será el responsable de encontrar de forma regulada la solución más justa posible.
Precio de un inventario por un alguacil en situación normal
La elaboración de un documento que acredite el inventario de elementos a la entrada y salida del alojamiento por parte del inquilino es un procedimiento obligatorio establecido por el Estado para evaluar el alcance de los daños sufridos por el alojamiento y causados por el inquilino. Salvo cualquier desacuerdo, este trámite no tiene nada que ver con las misiones de servicio público que desempeña un alguacil en el marco de sus actividades. En este caso, los precios practicados en tiempos normales están enteramente dentro de la libre voluntad de este último, quien fijará los precios como mejor le parezca, siempre que respete la ley del mercado. Por otro lado cabe destacar que este precio también depende de varios factores los cuales son:
- Tiempo pasado dentro de casa
- La superficie del alojamiento
- La ubicación geográfica del alojamiento.
Como resultado, observaremos que el precio mínimo que habrá que pagar por un inventario realizado por un alguacil es de 150 euros, y para más detalles sólo tendrás que solicitar un presupuesto detallado antes de tomar tu decisión.
Precio de un inventario por parte de un alguacil en caso de desacuerdo
En el caso de que el inventario se realice sin inconvenientes o problemas encontrados durante el trámite por ninguna de las partes, entonces simplemente se aprueba el documento contradictorio presentado. Si de lo contrario surge un conflicto antes de completar la tarea, entonces se requiere la intervención de un alguacil, cuyo principal objetivo sería proporcionar pruebas imparciales que permitan una salida a la crisis en el marco de sus funciones como funcionario ministerial. Este estatuto también define la regulación de la operación, cuyo precio se fijará mediante decreto. Así, el agente judicial deberá citar a los dos interesados al menos siete días antes de la fecha elegida para realizar el inventario e informarles de los precios aplicados en función de la superficie y la ubicación del alojamiento de que se trate. En este caso, por una superficie de 50 m² tendremos un precio de 132,56€, por un alojamiento entre 50 y 150 m² tendrás que pagar unos 154,44€, y finalmente por más de 150 m² tendrás que pagar € 231,66. A esto se suman varios otros costos adicionales que son los siguientes:
- 7,68 € para gastos de viaje
- 14,89 € por un impuesto fijo
- 18,02 € por cartas de invitación enviadas.
El inventario de inmuebles es una operación obligatoria que no se refiere únicamente al alquiler anual de una vivienda sino también al alquiler por temporada o a un local comercial. En ambos casos, si no existe ningún tipo de conflicto entre el arrendador y el inquilino entonces los precios cobrados también quedarán a disposición del alguacil quien será el encargado de emitir un presupuesto acorde a las características del inmueble a adquirir. alquilar.